Propiedad Intelectual en Chile

Punto Panorámico,
04 January 2010, Argentina

El Congreso de Chile aprobó el proyecto de ley que reglamenta los avances de la era digital y, de manera especial, las descargas en Internet. La iniciativa, que venía tramitándose desde mayo de 2007, reforma la Ley 17.336 o Ley de Propiedad Intelectual, que fue sancionada en el año 1970. El objetivo de la reforma es establecer multas por la puesta a disposición, en Internet, de contenidos protegidos por derechos de autor que no cuenten con su respectiva autorización, y prohibir el acceso a la red a quienes reincidan en el delito, luego de la investigación previa correspondiente y la decisión judicial de la autoridad competente.

Así, los Proveedores de Servicios de Internet (ISP, por sus siglas en inglés) estarían llamados a jugar un papel primordial, puesto que serían los responsables de bloquear el acceso a contenidos cuando se detecten usuarios intercambiando obras protegidas sin el permiso del autor. Más aún, la normatividad chilena contempla la posibilidad de que sean los propios autores quienes efectúen las denuncias a las autoridades o directamente a los ISP.

De este modo, resulta una novedad en el tratamiento que los países le han dado al tema de las descargas ilegales, ya que por lo general, se ha buscado sancionar a los ISP por permitirlo, o por no tomar acciones para desincentivar estos usos comunes. Otra gran novedad, es que lo que se busca es castigar a quienes suben a Internet contenidos protegidos sin autorización del titular de derechos y no las descargas como tal. Igualmente, la normativa indica que las obras protegidas sólo podrán ser descargadas con una orden judicial o con el permiso expreso del autor.

Otros temas abordados en el proyecto son la ampliación de las excepciones a los derechos de autor, al incluirle autorizaciones para bibliotecas y discapacitados, y el incremento de las sanciones por el uso no autorizado de contenidos protegidos. Algunos miembros de la opinión pública se han pronunciado en contra de la propuesta, al considerar que la normativa podría limitar el uso de Internet, darle un halo de ilegalidad a las descargas digitales y dejar abierta la posibilidad de que las ISP participen activamente del seguimiento a los infractores de los derechos de autor.

Fuente: ODAI

http://lic.cultura.gov.ar/ppanoramico/pp1002.php