El Ministerio de Cultura, bajo la coordinación de Manuel José Álvarez, asesor de Teatro y Adriana Hurtado, Asesora Jurídica de la Dirección de Artes, buscan socializar la Ley 1493 de 2011 en todo el país.
¿Cuáles son los procedimientos, requisitos y formatos para el pago de la contribución de las artes escénicas y su retención? ¿Cuáles son los beneficios tributarios del impuesto de renta e IVA para los espectáculos públicos de las artes escénicas? ¿En qué consiste el trámite para el reconocimiento de la categoría de escenarios habilitados y la autorización de esta clase de espectáculos en escenarios no habilitados a través de la ventanilla única que deben crear las entidades territoriales para este efecto?
La próxima cita será en Bogotá el miércoles 30 de mayo desde las 8 de la mañana en el auditorio de la Cámara de Comercio de Bogotá sede Chapinero, ubicado en la Calle 67 No. 8 – 32, y en Medellín el jueves, 7 de junio, en el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquía, con sede en el Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, Carrera 51 # 52-01.
La Ley de espectáculos públicos busca fortalecer el sector cultural de los espectáculos públicos y contempla importantes incentivos tributarios a empresarios y artistas.